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El modelo 390 consiste en un documento informativo anual que trata las operaciones relativas a la liquidación del IVA.

Al tratarse de algo únicamente informativo no conlleva ningún gasto aunque los autónomos y las pymes están obligados a presentarlo.

En este artículo de QualityConta explicamos qué es el modelo 390, quién está obligado a presentarlo y cuáles son los plazos y requisitos que establece la Agencia Tributaria.

Analizamos su relación con el modelo 303, los errores más frecuentes al cumplimentarlo y las particularidades que deben tener en cuenta autónomos y empresas a la hora de presentar el resumen anual del IVA, con el objetivo de evitar discrepancias y posibles requerimientos de Hacienda.

 

¿Quiénes están obligados a presentar el modelo 390?

Deberás realizar esta declaración cualquier profesional o empresario que desarrolle una actividad sujeta a IVA. Hay que destacar que desde 2014 están exentos de presentar este modelo los autónomos cuya actividad tribute en módulos y aquellos dedicados al arrendamiento de bienes inmuebles urbanos.

Además, desde el 1 de enero de 2017, donde entró en vigor el Suministro Inmediato de Información (SII), las grandes empresas, los grupos de IVA y las empresas inscritas en el régimen de devolución mensual de IVA (Redeme) no tienen la obligación de presentar el modelo 390 debido a que Hacienda ya dispone de los libros de registro del impuesto.

 

 ¿Cuáles son los plazos de presentación del modelo 390?

El plazo de presentación del modelo 390 del resumen anual del IVA es del 1 al 30 de enero del año siguiente al ejercicio.

 

¿Cómo presentar el modelo 390?

El modelo 390 puede ser presentado mediante certificado electrónico personal, a terceros o a través de clave PIN. Lo más normal es presentarlo de forma telemática en la Sede Electrónica con certificado digital.

 

Modelo 390 IVA: resumen anual del impuesto

Cuando hablamos del modelo 390 IVA, nos referimos al documento que consolida todas las autoliquidaciones de IVA presentadas durante el año. Incluye información como:

  • Bases imponibles y cuotas devengadas.
  • IVA soportado deducible.
  • Operaciones interiores, intracomunitarias e importaciones.
  • Resultados de los distintos periodos de liquidación.

Este resumen anual es clave para verificar que los datos del modelo 303 coinciden con el total anual declarado.

Modelo 390 AEAT: declaración ante Hacienda

El modelo 390 de la AEAT se presenta exclusivamente de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. Para ello es necesario contar con Certificado digital y Cl@ve PIN.

Hacienda utiliza esta declaración para comprobar la coherencia entre los distintos modelos de IVA presentados durante el ejercicio y los libros registro del impuesto.

¿Quién presenta el modelo 390?

Deben presentar el modelo 390 la mayoría de empresarios y profesionales que desarrollen actividades sujetas a IVA, tanto personas físicas como jurídicas.

No obstante, existen excepciones, como:

  • Contribuyentes en régimen de módulos.
  • Arrendadores de inmuebles urbanos (en determinados casos).
  • Empresas acogidas al Suministro Inmediato de Información (SII).

Por ello, conviene analizar cada situación concreta para confirmar si existe obligación.

 

Modelo 390 plazo de presentación

El plazo del modelo 390 es del 1 al 30 de enero del año siguiente al ejercicio declarado. Por ejemplo, el resumen del IVA de 2025 se presenta en enero de 2026.

Presentarlo fuera de plazo puede dar lugar a sanciones o requerimientos por parte de la Agencia Tributaria, aunque no tenga impacto económico directo.

 

Diferencia entre modelo 303 y modelo 390

Aunque están relacionados, Agencia Tributaria establece diferencias claras entre ambos modelos:

  • Modelo 303: autoliquidación periódica (trimestral o mensual) del IVA.
  • Modelo 390: resumen anual informativo del IVA.

 

Característica Modelo 390 Modelo 303
Tipo de declaración Declaración informativa anual Autoliquidación periódica del IVA
Finalidad Resumen anual del IVA del ejercicio Liquidar el IVA de cada periodo
Periodicidad Anual Trimestral o mensual
Resultado económico No conlleva pago ni devolución Puede resultar a ingresar o a devolver
Relación entre ambos Recoge y consolida los datos del modelo 303 Sus importes deben coincidir con el modelo 390

 

 

¿Es obligatorio el modelo 390?

El modelo 390 es obligatorio para la mayoría de autónomos y empresas que tributan en régimen general de IVA.

No presentarlo cuando existe obligación puede derivar en sanciones administrativas, incluso aunque los datos del IVA estén correctamente declarados en otros modelos.

Ante la duda, siempre es recomendable confirmar la obligación con un asesor fiscal como QualityConta.

 

Cómo rellenar el modelo 390 paso a paso

Para rellenar correctamente el modelo 390, es fundamental partir de los datos ya declarados en los modelos 303 del ejercicio. Algunos consejos clave:

  • Revisar que las bases y cuotas coincidan con las autoliquidaciones trimestrales.
  • Clasificar correctamente las operaciones según su naturaleza.
  • Verificar los datos censales y de actividad.

Un error en el resumen puede provocar discrepancias que deriven en requerimientos de Hacienda.

 

Errores frecuentes en el modelo 390

Algunos de los errores más habituales en el modelo 390 son:

  • Diferencias entre el total anual y la suma de los modelos 303.
  • Clasificación incorrecta de operaciones.
  • Olvidar regularizaciones o rectificaciones.
  • Presentarlo sin estar obligado o no presentarlo cuando sí lo es.

Evitar estos fallos reduce significativamente el riesgo de inspecciones o sanciones.

 

Modelo 390 para autónomos

El modelo 390 de autónomos es especialmente relevante, ya que muchos profesionales gestionan su fiscalidad sin asesoramiento continuo.

Aunque no todos los autónomos están obligados, quienes tributan en régimen general deben prestar especial atención a este resumen anual.

Una correcta planificación fiscal facilita su presentación sin errores.

 

Modelo 390 para empresas

En el caso de las empresas, el modelo 390 suele elaborarse a partir de los registros contables y fiscales del ejercicio.

Aunque algunas entidades están exentas por el SII, para el resto sigue siendo una obligación clave dentro del calendario fiscal.

Una revisión previa asegura coherencia entre contabilidad, libros de IVA y declaraciones presentadas.

 

¿Necesita ayuda para gestionar correctamente el modelo 390?

En QualityConta contamos con un equipo especializado en asesoría fiscal en Madrid que le acompaña en todo el proceso de elaboración y presentación del modelo 390, analizando su situación concreta para confirmar la obligación de presentarlo y garantizar que la información declarada sea coherente con las autoliquidaciones de IVA realizadas durante el ejercicio.

Nuestro objetivo es evitar errores, omisiones o discrepancias que puedan derivar en requerimientos por parte de la Agencia Tributaria, asegurando el cumplimiento de los plazos establecidos y la correcta aplicación de la normativa fiscal vigente tanto para autónomos como para empresas.

Consulte con nosotros y acceda a un servicio profesional, cercano y eficaz, orientado a una gestión del IVA segura y optimizada.

 

 

Preguntas frecuentes sobre Modelo 390

 

¿El modelo 390 genera algún pago a Hacienda?

No. El modelo 390 no tiene impacto económico directo, ya que no supone ni ingreso ni devolución. Su función es exclusivamente informativa y sirve para contrastar los datos de IVA declarados a lo largo del ejercicio.

¿Qué pasa si no presento el modelo 390 estando obligado?

La no presentación del modelo 390 puede dar lugar a requerimientos por parte de la Agencia Tributaria e incluso a sanciones administrativas, aunque el IVA se haya declarado correctamente en los modelos trimestrales.

¿Se puede presentar el modelo 390 aunque no haya actividad?

Sí. Si durante el ejercicio no se han realizado operaciones pero existe obligación censal, el modelo 390 debe presentarse igualmente, reflejando importes a cero.

¿Por qué Hacienda revisa el modelo 390 con tanto detalle?

Porque permite detectar incoherencias entre los distintos periodos de liquidación del IVA y el total anual declarado. Cualquier descuadre puede activar comprobaciones o solicitudes de información adicional.

¿Conviene revisar el modelo 390 antes de enviarlo?

Sí. Una revisión previa es clave para asegurar que los datos coinciden con los modelos 303 y con los libros registro de IVA, reduciendo el riesgo de errores que puedan derivar en actuaciones de la Agencia Tributaria.