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Paseo de la Castellana, 161, 2ª Planta - 28046 Madrid

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Le recordamos que, si su empresa está incluida en el Sistema de Notificaciones Electrónicas, tiene la posibilidad de solicitar hasta 30 días naturales durante los cuales la Agencia Tributaria no enviará notificaciones a su buzón. 

Esta opción le permite gestionar sus periodos de vacaciones o cualquier otra situación en la que no pueda atender notificaciones relevantes de manera oportuna. 

Sin embargo, debe recordar que, si no se accede al buzón electrónico en un plazo de 10 días desde la puesta a disposición de una notificación, esta se considerará automáticamente notificada. 

Por lo tanto, aprovechar los días de cortesía para notificaciones electrónicas es esencial para evitar notificaciones importantes en periodos donde la empresa no puede responder a tiempo.

 

 

Solicitud de días de cortesía en la Sede Electrónica de Hacienda

Para realizar la solicitud de días de cortesía AEAT, debe acceder a la Sede Electrónica de la página web de Hacienda. Una vez allí, puede seguir estos pasos:

  • Ingresar en el apartado «Solicitar días en los que no se podrán notificaciones en Dirección Electrónica Habilitada (DEH)».
  • Pulsar la opción de «Modificar» para elegir los días en los que no quiera recibir notificaciones electrónicas.
  • Los días elegidos se marcarán en verde.
  • Una vez seleccionados, debe hacer clic en «Validar» y luego «Firmar y Enviar» para completar el proceso.

Esta solicitud de días de cortesía AEAT le permite garantizar que no se le enviarán notificaciones durante el periodo de inactividad seleccionado, lo que le ofrece una mayor flexibilidad para gestionar los plazos de respuesta a los requerimientos de la Agencia Tributaria.

 

 

Consideraciones para gestionar el periodo de cortesía

Al gestionar el periodo de cortesía para notificaciones electrónicas, debe tener en cuenta varios factores clave para asegurar su efectividad:

  • Anticipación: El periodo de vacaciones o días de cortesía debe ser solicitado con al menos siete días de antelación.
  • Notificaciones previas: Las notificaciones puestas a disposición antes de que comience el periodo de cortesía se entenderán como notificadas una vez transcurran 10 días sin que se haya accedido a ellas.
  • Incluir fines de semana: Asegúrese de incluir los sábados y domingos dentro del periodo solicitado si se trata de vacaciones.
  • Modificaciones: Es posible modificar o anular alguna fecha previamente seleccionada, siempre y cuando esté dentro del plazo de cambio, es decir, al menos siete días antes del inicio del periodo.

Si no se atiende un requerimiento notificado correctamente, la infracción podría ser considerada grave. 

Las multas por este tipo de infracciones oscilan entre 150 y 600 euros, además de la posible pérdida de reducciones y deducciones fiscales asociadas.

 

 

Servicios adicionales para gestionar notificaciones electrónicas

En QualityConta, no solo le ayudamos con la solicitud de días de cortesía AEAT, sino que también gestionamos todo lo relacionado con su firma digital y las notificaciones electrónicas de la Agencia Tributaria. Nuestros servicios incluyen:

  • Tramitación del certificado digital para sociedades.
  • Revisión periódica de notificaciones electrónicas de la Agencia Tributaria.
  • Control de consultas realizadas por la empresa.
  • Comunicación sobre la existencia o inexistencia de nuevas notificaciones, asegurando que siempre esté al tanto de cualquier novedad.

Trabaje con una asesoría contable con experiencia. Contáctenos si necesita más información.

 

 

Preguntas frecuentes sobre los días de cortesía para notificaciones electrónicas

¿Qué pasa si me notifican antes de que comience el periodo de cortesía?

Las notificaciones enviadas antes del inicio del periodo de cortesía se considerarán notificadas después de 10 días si no accede al buzón electrónico.

 

¿Puedo modificar los días de cortesía que ya he solicitado?

Sí, siempre que realice la modificación con al menos siete días de antelación al inicio del periodo.

 

¿Es obligatorio incluir sábados y domingos en los días de cortesía?

No es obligatorio, pero es recomendable si está planificando periodos largos como vacaciones.

 

¿Puedo recibir notificaciones en vacaciones si no solicito los días de cortesía?

Sí, si no solicita los días de cortesía, la Agencia Tributaria puede seguir enviando notificaciones electrónicas, incluso en periodos de vacaciones.

 

¿Qué documentación necesito para solicitar los días de cortesía?

Solo necesita su certificado digital y acceso a la Sede Electrónica de Hacienda para gestionar la solicitud de días de cortesía AEAT.