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Incremento de las deducciones fiscales por las donaciones a favor de las Fundaciones

donaciones a fundaciones
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Desde el 1 de enero de 2015, la deducción aplicable en el IRPF por donativos a fundaciones u otras entidades de utilidad pública se ha incrementado en función de los siguientes requisitos:

1. Los primeros 150 euros que efectúe en concepto de donación, tendrán una deducción:

  • Del 50% en 2015.
  • Del 75% en 2016.

EJEMPLO. Si en el año 2016 dona 150 euros, Hacienda le financiará, vía deducción, 112,5 euros. Es decir, el coste real de la donación será de sólo 37,5 euros.

2. A partir de 150 euros, el exceso tendrá derecho a una deducción que será:

  • Del 27,5% en 2015.
  • Del 30% a partir de 2016.

ADEMÁS: Si mantiene o incrementa durante varios años sus donaciones a una misma entidad, podría disfrutar de una deducción adicional del 5% sobre los porcentajes anteriores. Esto significa que:

  • El 27,5% pasará a ser un 32,5%.
  •  El 30% se convertirá en un 35%.

Estos nuevos porcentajes se aplicarán exclusivamente en aquellos casos en los que haya efectuado donativos a dicha entidad en los dos años anteriores y su cuantía se haya mantenido o aumentado de año en año.

Le recomendamos que planifique los donativos cada año para obtener el máximo ahorro fiscal
Por ejemplo:

  • Si en 2013 y en 2014 ha realizado una donación de más de 150 euros a una entidad determinada, en 2015 mantenga o incremente la cantidad. Así disfrutará de una deducción del 32,5%.
  • Si va a empezar a hacer donativos a una misma entidad, distribúyalo en varios años en lugar de realizar toda la donación en un único año.

SIN VARIACIÓN: En las donaciones a fundaciones y a asociaciones de utilidad pública no acogida a la ley de entidades sin fines lucrativos no se han producido cambios. La deducción en estos casos seguirá siendo del 10%.