El próximo 1 de enero de 2020 finaliza el plazo de adaptación para implantar el modelo de Colaboración Social para entidades privadas (empresas) con gestión de delegados de la Agencia Tributaria, conocido generalmente como Colaborador Social Delegado. En QualityConta explicamos en qué consiste y cuáles son las ventajas de este sistema.
¿En qué consiste el colaborador social?
Se consideran colaboradores sociales aquellas entidades que, en el marco de la colaboración social en la aplicación de los tributos, tenga suscrito, a tal efecto, un acuerdo con la Agencia Tributaria. El colaborador social puede actuar en nombre de terceros para la presentación por vía telemática de impuestos, «sin que confiera al presentador la condición de representante para intervenir en otros actos».
[Tweet «¿Sabes qué papel desempeña el colaborador social delegado en la presentación telemática de impuestos?»]
Sin embargo, la entidad que se convirtiese en colaborador social debía facilitar a sus empleados el certificado electrónico de representante de persona jurídica de la organización, si quería que éstos efectuasen trámites de obligados tributarios.
¿Qué ventajas tiene el colaborador social delegado?
Desde el pasado 10 de enero de 2019, los colaboradores sociales pueden gestionar empleados a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, para que éstos puedan realizar a través de Internet trámites de las obligados tributarios, con sus certificados de usuario.
En otras palabras: los trabajadores podrán utilizar sus certificados electrónicos de persona física o de empleado de empresa si, previamente, han sido dados de alta como colaboradores sociales delegados. En este sentido, la Agencia Tributaria recuerda que: «todas las declaraciones que gestione un colaborador social se entenderán presentadas por él, al ser quien tiene la capacidad de actuación en nombre de los obligados tributarios».
¿Quién puede realizar la presentación de declaraciones?
La presentación de declaraciones las puede realizar el propio colaborador social utilizando:
- Certificado de persona física
- Certificado de representante de persona jurídica.
Pero también el colaborador social delegado tendrá la oportunidad de desarrollar estas funciones con el certificado de persona física que le permitirá la autentificación en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. Es muy importante tener en cuenta que un empleado puede estar autorizado como delegado por un solo colaborador social en cada momento.
En el caso de que un empleado, por las razones que sean, deja de estar autorizado como delegado, el colaborador social podrá acceder a las presentaciones realizadas por este delegado con un Certificado Electrónico de representante de persona jurídica del colaborador social, o con el certificado de persona física del colaborador social, si éste es persona física.