¿Se encuentra en situación de desempleo y desea emprender? La Comunidad de Madrid mantiene y refuerza en 2025 su programa de ayudas a trabajadores que se constituyan por cuenta propia, brindando apoyo económico a quienes desean lanzar su propio negocio.
Este programa busca fomentar el autoempleo mediante subvenciones para cubrir los gastos de inicio de actividad, y está especialmente dirigido a quienes más lo necesitan: jóvenes, mayores de 45 años, mujeres y colectivos vulnerables.
¿Quién puede solicitar estas ayudas?
Los beneficiarios de las ayudas a desempleados en la Comunidad de Madrid 2024-2025 deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Ser persona física desempleada e inscrita como demandante de empleo en una oficina de empleo de la Comunidad de Madrid.
- Darse de alta como trabajador por cuenta propia en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o en una mutualidad alternativa.
- No haber ejercido la misma actividad en los seis meses previos al alta.
- Realizar la actividad económica en la Comunidad de Madrid.
- Estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Mantener la actividad como autónomo al menos durante dos años.
Gastos subvencionables en 2025
La ayuda a autónomos de la Comunidad de Madrid cubre una amplia variedad de gastos imprescindibles para la puesta en marcha del negocio:
1. Costes legales y de gestión
- Honorarios de notarios, registradores, abogados, asesores y gestores.
- Trámites de constitución de sociedades o registros.
2. Acondicionamiento y funcionamiento
- Alquiler de locales y espacios coworking.
- Reparaciones, reformas o adecuación de los locales.
- Suministros de agua, electricidad, gas e internet.
- Primas de seguros necesarios para la actividad.
3. Marketing y tecnología
- Diseño de páginas web y plataformas de e-commerce.
- Gastos de publicidad y promoción.
- Adquisición o licencias de software específico.
4. Otros gastos subvencionables
- Alta en servicios obligatorios de prevención si contrata a un trabajador.
- Estudios de diagnóstico o asesoría para traspasos de negocios.
- Cuotas de colegios profesionales.
- Gastos de cumplimiento normativo (protección de datos, inspecciones, etc.).
- Inversiones en inmovilizado material o inmaterial.
Cuantía de las ayudas en 2025
- Ayuda general: hasta el 80% de los gastos subvencionables (mínimo 750 €, máximo 2.500 €).
- Inversiones en inmovilizado: hasta 4.000 €.
- Colectivos prioritarios: podrán recibir hasta 3.080 € (4.580 € si se incluyen inversiones en inmovilizado). Incluye:
- Jóvenes menores de 30 años.
- Mujeres desempleadas.
- Mayores de 45 años.
- Parados de larga duración.
- Personas con discapacidad (≥33%).
- Víctimas de violencia de género o de terrorismo.
Tarifa plana Comunidad de Madrid en 2025
Además de las subvenciones, continúa vigente la tarifa plana para autónomos en Madrid. Esta permite cotizar 80 €/mes durante los primeros 12 meses de actividad.
Posteriormente, si los ingresos netos no superan el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), puede mantener esta tarifa durante 12 meses adicionales.
Este incentivo es compatible con las ayudas a desempleados Madrid ofrecidas por la Comunidad y por el SEPE, facilitando así el inicio y sostenimiento de su actividad como autónomo.
Método y plazos para presentar la solicitud
- El plazo para solicitar la ayuda es de 3 meses desde la fecha de alta como autónomo, determinada por el alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
- La solicitud deberá presentarse una vez realizados y abonados los gastos subvencionables.
- Toda la tramitación se realiza electrónicamente a través del portal de la Comunidad de Madrid.
👉 Consulte aquí la guía oficial del trámite.
Ayudas complementarias a nivel estatal (SEPE)
El SEPE también mantiene diversas líneas de apoyo para personas que desean emprender. Entre ellas:
- Capitalización del paro (pago único): posibilidad de recibir el importe pendiente de la prestación para invertir en su negocio.
- Compatibilidad del paro con la actividad autónoma: durante 9 meses puede continuar cobrando el paro tras haberse dado de alta como autónomo.
- Subvenciones específicas para jóvenes o mujeres rurales vinculadas a programas de empleo y emprendimiento social.
👉 Más información en el portal oficial del SEPE
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Preguntas frecuentes sobre las ayudas a autónomos en Madrid
¿Puedo pedir la ayuda si ya he empezado la actividad?
Sí, siempre que la solicitud se presente dentro de los 3 meses desde el alta y haya realizado los gastos subvencionables.
¿La tarifa plana es compatible con la ayuda de la Comunidad de Madrid?
Sí. Ambas ayudas son compatibles y acumulables.
¿Qué sucede si dejo de ser autónomo antes de los 2 años exigidos?
Deberá devolver la ayuda, ya que uno de los requisitos es mantener la actividad durante al menos dos años.
¿Puedo optar a las ayudas si soy extranjero?
Sí, siempre que disponga de permiso de residencia y trabajo en vigor, y esté inscrito como demandante de empleo.
¿Debo presentar facturas o bastan los presupuestos?
Deberá presentar facturas ya abonadas. No se aceptan presupuestos ni pagos pendientes.
¿Puedo contratar a alguien y seguir recibiendo la ayuda?
Sí. Incluso puede incluir el coste del servicio de prevención obligatorio derivado de esa contratación como gasto subvencionable.
¿Qué es la comunidad de trabajadores autónomos en Madrid?
Es el conjunto de profesionales por cuenta propia que operan en la región, muchos de los cuales acceden a estas ayudas para iniciar y consolidar su actividad empresarial.