Términos Frecuentes
Poder Notarial
¿Qué es y cómo se lleva a cabo?
¿Qué es?
Llamamos poder notarial a aquel documento expedido por un fedatario público a una persona física o jurídica denominada poderdante. Para ello, bastará con la exhibición de dicho documento ante quien requiera la rúbrica del titular del derecho o de la obligación que se tercie.
El poderdante siempre será libre de revocar el poder en cualquier momento, solicitando al representante la devolución del documento que le proporciona el poder.
Requisitos de un poder notarial
La facultad de otorgar un poder notarial puede recaer sobre todo aquel ciudadano mayor de edad que acredite la integridad de sus facultades mentales, bastando con mostrar el DNI ante la notaría. Al poderdante le asiste la plena libertad de revocar la decisión cuando lo estime oportuno. Lo habitual es que esta devolución sea aceptada voluntariamente pero, en aquello casos en los que el representante ponga objeciones, se prevé el recurso a otorgar una escritura de revocación.
Características del poder notarial
La característica más destacable de un poder notarial es su unilateralidad, o lo que es lo mismo, el hecho de no precisar autorización ni presencia física del receptor en las dependencias notariales. Por otro lado, los notarios tienen su firma electrónica reconocida entre ellos. Esta circunstancia permite la inmediata remisión telemática de copias autorizadas entre notarías y prescindir del formato papel.
¿Cómo obtener un poder notarial?
La obtención de este documento no solo recae dentro de la competencia de los fedatarios públicos. El ordenamiento jurídico contempla, otras dos opciones:
- Apud acta: mediante comparecencia ante el secretario judicial del juzgado o tribunal que ve el caso para el cual se solicita.
- De oficio: posibilidad prevista para los casos de prestación de asistencia letrada gratuita.
¿Cuánto cuesta un poder notarial?
La cuantía de un poder notarial no es fija y dependiendo del tipo de notaría y del tipo de poder que se trate, su precio oscila entre 60 y 100 euros.
¿Quiénes son capaces de hacer un poder notarial?
Hoy en día puede generar un poder notarial cualquier persona que sea mayor de edad y esté en plena posesión de sus facultades mentales. Para que ello se lleve a cabo, solamente habrá que acudir a una de las distintas notarías que hay repartidas a lo largo de España. Es obligatorio acudir con el DNI y su precio oscila entre los 25 y 50 euros dependiendo exactamente del tipo de poder , pudiendo ser revocado o anulado en cualquier momento.
¿Cuántos tipos de poderes hay?
A pesar de que en teoría «hay tantos tipos de poderes como actos o negocios jurídicos admite la figura de la representación», sí es verdad que que todos ellos podemos aglutinarlos en dos grandes grupos, siendo uno de estos grupos los poderes generales y el otro los poderes especiales.
- Poderes generales: Los poderes generales son todos aquellos en los que el apoderado recibe el de poder de actuar en todos o muchos ámbitos de carácter general. Este poder general es el que otorga al apoderado más facultades, incluyendo la disposición de patrimonio.
- Poderes especiales: Los poderes especiales son aquellos en los que se faculta al apoderado para un tipo específico de acto jurídico como una compraventa de un bien o la aceptación de una herencia.

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